Reproducción asistida y donación de esperma son ausentes de la ley venezolana, a la excepción de una mención en el Código Civil que estipula las reglas para la filiación en el caso de una inseminación artificial. Por falta de legislación clara, no todas las clínicas permiten que mujeres solteras y lesbianas estén artificialmente inseminada, aunque ninguna ley les impida hacerlo. Donar esperma en Venezuela es un acto voluntario y anónimo, y normalmente compensado por los bancos de semen sin que se trate tampoco de un incentivo.

Ley de reproducción asistida

No existe en Venezuela una legislación que regule la inseminación artificial, la fertilidad in vitro, los bancos de semen o la maternidad subrogada. El código civil hace referencia a la inseminación artificial sólo en un articulo, el 204, relacionado con la filiación.

Código Civil de la República de Venezuela

Acceso a la inseminación artifical en clínicas

Muchas clínicas en Venezuela sólo permiten el uso de la técnicas de reproducción asistida en casos de parejas estériles. Sin embargo no existen disposiciones legales en cuanto a quiénes pueden acceder a estas técnicas, y no existe impedimento alguno que vaya en contra de la inseminación artificial a mujeres solteras y lesbianas.

Inseminación artesanal

La ley venezolana no toma en cuenta la inseminación artesanal.

Donantes de semen y anonimato

Donar semen en un banco de donación venezolano es un acto anónimo, lo que va en contra del derecho constitucional que tiene todo niño de conocer a sus padres biológicos.

Donantes de esperma y remuneración

La donación de órganos o tejidos en Venezuela debe de ser altruista, pero la ley correspondiente no se aplica a la donación de esperma y óvulos por lo que no se puede considerar ilegal el recibir dinero a cambio de una donación de semen. Sin embargo los bancos de semen no suelen retribuir los donantes, aunque una compensación pueda ser otorgada. Desgraciadamente, no hemos encontrado mucha información en la web al respecto.

Alquiler de vientres, coparentalidad y derechos homoparentales en Venezuela

La maternidad subrogada no está prohibida en Venezuela, y la Sala Constitucional parece dirigirse a favor de su reconocimiento legal. De momento un contrato de alquiler de vientre no tiene validez jurídica. Implica que hay de ser muy prudente a la hora de recurrir a una madre de alquiler para procrear. Pero para muchas parejas gays, la maternidad subrogada es la única solución para ser padres dado que la adopción homoparental no está autorizada. Y aún así, sólo uno de los dos padres podría llegar a obtener la paternidad legal de la criatura. La coparentalidad homoparental tampoco es posible, pero sí se puede establecer entre personas de sexo opuesto. Para una coparentalidad entre más de 2 personas, un acuerdo amistoso puede ser firmado, pero no valdría delante de un juzgado.

Maternidad subrogada en Venezuela

Mientras se dicte una ley que regule la maternidad subrogada en Venezuela, la Sala Constitucional se ha pronunciado a favor de otorgar la paternidad y maternidad «a quienes hayan manifestado y realmente tenido la voluntad procreacional» (es decir los padres intencionales), y no «a quienes han prestado un servicio para que esa reproducción asistida tenga éxito» (es decir la madre subrogada).

Alquiler de vientre comercial

No existe una ley en Venezuela que prohiba el alquiler de vientre, pero tampoco la hay que protege este tipo de acuerdo..

Madres subrogadas para parejas gays

Un hombre soltero podría recurrir a una madre subrogada para tener un hijo, puesto que no existe ninguna ley que lo prohíba. Sin embargo si tiene pareja del mismo sexo, este no será reconocido legalmente como segundo padre de la criatura.

Adopción homoparental y para solteros

La adopción homoparental en Venezuela no está permitida y la posición del gobierno no indica una voluntad de legalizarla a corto plazo. Una persona soltera puede adoptar siempre y cuando esté considerada apta para adoptar por la Oficina de Adopciones.

Procedimiento de Adopción en Venezuela | Adopción Venezuela

Adoptar al hijo del conyugue (parejas de mismo sexo)
En Venezuela no es posible para parejas del mismo adoptar al hijo(a) de su compañero(a).

La Coparentalidad en Venezuela

Coparentalidad entre 2 personas
Una coparentalidad legal entre dos personas de sexo opuesto es posible aunque no es una situación regida por una legislación específica, simplemente se aplicarían la leyes vigentes como si fuera una pareja separada. A contrario, la copaternidad o comaternidad homoparentales no pueden ejercerse legalmente en Venezuela ya que las familias homoparentales no son reconocidas a pesar de que constituyan una realidad social.

Coparentalidad entre más de 2 personas (pareja + soltero/a; pareja + pareja)
Una coparentalidad que implique más de dos personas no puede ser legalmente reconocida. La noción jurídica de co-padre o co-madre no existe. Se puede establecer un acuerdo de coparentalidad privado entre todos los co-padres, pero no tendría valor legal en un tribunal.

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